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PROGRAMAS DEL DOCENTE ORIENTADOR

Estándar

Según el decreto 2277 del 2002, la orientación estudiantil en un establecimiento educativo está a cargo de todos sus docentes. Sin embargo para instituciones que cuentan con las de 800 estudiantes matriculados, el Ministerio de Educación Nacional y la Comisión Nacional de Servicio Civil, han considerado el nombramiento de docentes orientadores para el cumplimiento de dicha tarea, con dedicación exclusiva.

Según el decreto 1278 del 2002, es una docente con funciones de orientación, quien tiene a su cargo labores profesionales relacionadas con la vida estudiantil de niños y adolescentes, en diversos niveles de trabajo institucional que tengan como finalidad el mejoramiento de condiciones propicias para el éxito del aprendizaje, el desarrollo personal de los educandos y su convivencia armónica.

Desde allí, la labor de la docente orientadora cobra pleno sentido, en la medida en que sus acciones se dirigen a atender las necesidades de los niños y adolescentes, reconociendo la importancia de trabajar directamente con el estudiante, su familia y con todo el cuerpo docente y directivo.

Los docentes orientadores son profesionales que poseen las competencias para desarrollar programas correspondientes al diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de acciones de orientación tendientes a favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del estudiante, tendientes a favorecer el pleno desarrollo de su personalidad, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico, la formación de valores y de respeto a la diversidad, que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo humano y socioeconómico del país, en el marco del Proyecto Educativo institucional.

También le corresponde cumplir funciones que favorezcan la formación de los estudiantes para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración del tiempo, y el fomento de habilidades para la comunicación, la negociación y la participación. Igualmente son co-responsables de actividades curriculares no lectivas, complementarias enfocadas principalmente a la atención a la comunidad, en especial de los padres de familia, representantes y acudientes de los educandos.